Las Fotos



El derecho a la propia imagen deriva del respeto a la dignidad humana y protege la dignidad de la persona.

La imagen es el primer elemento - es obvio - que configura la esfera personal del individuo.

Además, la persona tiene derecho (fundamental) a la intimidad. Así se resguarda a la acción y el conocimiento de los demás.

En consecuencia, se entiende que la captación por fotografía de la imagen de una persona, aunque sea un lugar público, constituye una intromisión ilegítima en los derechos citados ( art 7-5 ley orgánica de protección del derecho al honor ).

La única excepción - siempre hablamos de particulares - es la captación de una imagen accesoria como consecuencia de un acontecimiento público. ( art 8-2 de la ley citada )

La captación de imágenes "robadas" a menores, y mayores, suponen una clara intromisión.

En todo caso se precisa consentimiento. Dudoso en el supuesto de menores ya que estos no tienen una clara delimitación de su alcance.

Sin duda el uso por Internet de las imágenes no autorizadas es una clara intromisión ilegal.

Solo me queda pedir disculpas a quienes he fotografiado sin permiso expreso y publicado en este blog.

2 comentarios:

Lira dijo...

Muy bien,
por mi parte no hay problemas...
Hehehe....
besos linda

Anónimo dijo...

Tampouco vos pasedes. Na noite das ceas non hai ningún Obama, ningunha Paris Hilton nin cousas que se lles asemellen.

Tampouco hai fuxidos do cárcere,nin talibans,nin membros da Camorra das Rias Baixas

Por unhas carrozas dunha provincia remota non penso eu que vaiamos entrar nunha guerra polo dereito á imaxe. Ainda se estivera nas fotos Belen Esteban con Andreita,pero nos sós,home por Deus

MERCEDES R. BOLAÑO